Ley Antifraude en España: Winmotor al día – ACTUALIZACIÓN 17 OCTUBRE 2024

La nueva normativa de facturación electrónica exige que los sistemas garanticen la integridad, trazabilidad y accesibilidad de los registros, incorporen un código QR para verificación y faciliten la remisión segura de datos a la AEAT, requisitos que Velneo ayuda a cumplir con sus soluciones adaptadas.

La reciente normativa en facturación electrónica, publicada en el BOE en octubre de 2024, introduce requisitos técnicos y de contenido para los sistemas de facturación que utilizan los empresarios y profesionales en sus procesos contables. Esta nueva regulación tiene como objetivo mejorar la transparencia y asegurar la integridad de los registros, además de facilitar su acceso y control por parte de la Administración Tributaria. Desde Winmotor, queremos explicar cómo esta normativa afecta a las empresas y cómo se pueden adaptar con soluciones seguras y eficientes.

¿Qué establece la normativa?

La Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, establece requisitos específicos que deben cumplir los sistemas informáticos de facturación, especialmente los que producen facturas verificables o bajo el sistema VERI*FACTU. Aquí te resumimos los puntos clave:

  1. Integridad y Trazabilidad de los Registros: Todos los sistemas de facturación deben garantizar la integridad e inalterabilidad de las facturas generadas. Esto significa que cualquier intento de manipulación o modificación indebida en los registros debe quedar registrado. Además, deben cumplir con un sistema de trazabilidad, documentando cada paso o alteración en el ciclo de vida de la factura.
  2. Incorporación del Código QR: Las facturas emitidas ahora requieren un código QR que permita al destinatario verificar su autenticidad en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Este código no solo facilita la verificación de la factura, sino que también contribuye a la trazabilidad y transparencia en las transacciones.
  3. Remisión de Información a la AEAT: Los sistemas de facturación deben contar con la capacidad de remitir información a la AEAT de forma electrónica, cumpliendo con los protocolos de seguridad, autenticación y firma digital. Esto se traduce en la necesidad de implementar certificados electrónicos, asegurando la confidencialidad y autenticidad de los datos remitidos.
  4. Declaración Responsable: Cada sistema de facturación debe incluir una declaración responsable, expedida por el fabricante, que confirme el cumplimiento de la normativa. Esta declaración asegura que el sistema cumple con los requisitos establecidos en la Ley 58/2003, como la conservación, accesibilidad y legibilidad de los registros de facturación.
  5. Sistema VERI*FACTU: Los sistemas que funcionan bajo VERI*FACTU cumplen con ciertos requisitos predefinidos de forma automática, lo cual facilita su uso. Sin embargo, estos sistemas también deben incorporar mecanismos de control de flujo y enviar la información con regularidad, permitiendo a la AEAT mantener el control y realizar verificaciones de calidad.

Beneficios de la Adopción de un Sistema Adaptado

Para las empresas que ya utilizan o están considerando implementar un sistema de facturación electrónico, esta normativa aporta claridad y seguridad. La obligación de conservar los registros de forma accesible y trazable mejora la capacidad de auditar y analizar el historial de facturación. Además, la incorporación de un código QR simplifica la validación de facturas, aumentando la confianza en las transacciones y optimizando la colaboración con la Administración.

En Winmotor, nuestras soluciones están diseñadas para adaptarse a las nuevas regulaciones, ayudando a nuestros clientes a cumplir con la normativa sin añadir complejidad a sus procesos diarios. Con nuestras aplicaciones empresariales personalizables, como vERP y vCRM, facilitamos que las empresas optimicen sus sistemas de facturación y mejoren su eficiencia.

Cómo Winmotor te ayuda a cumplir con la normativa

Con Winmotor, los usuarios pueden implementar fácilmente sistemas de facturación adaptados a la nueva normativa de 2024. Nuestras aplicaciones permiten:

  • Integración rápida y segura de códigos QR en las facturas, cumpliendo con las especificaciones técnicas.
  • Remisión electrónica de información a la AEAT, asegurando la trazabilidad y autenticidad de cada registro.
  • Configuración de alertas y registros de eventos que aseguran la integridad y accesibilidad de los registros de facturación.
  • Personalización según tus necesidades, garantizando que la implementación se adapte específicamente a los requisitos únicos de cada negocio.

Si necesitas ayuda para adaptar tu sistema de facturación o tienes dudas sobre cómo cumplir con los requisitos, en Winmotor estamos aquí para acompañarte. Con nuestras soluciones, podrás centrarte en tu negocio mientras garantizas que todos los procesos de facturación cumplen con la normativa actual.

Aprobadas las especificaciones técnicas para el software de facturación
(Orden HAC/1177/2024)

El 28 de octubre se publicó en el BOE la Orden HAC/1177/2024 por la que se desarrollan las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido para los sistemas informáticos o electrónicos de facturación.

La Orden HAC/1177/2024 ha entrado en vigor el 29 de
octubre de 2024, lo que implica el inicio del plazo para
que los fabricantes y comercializadores del software de
facturación adapten sus productos a esta nueva
normativa.


Los fabricantes, comercializadores y usuarios deberán
tener adaptados los sistemas informáticos en el mes de
julio de 2025, en los días concretos que se detallan en
el apartado de entrada en vigor. Pasamos a exponer a continuación en qué contexto normativo se aprueba esta Orden ministerial y qué implicaciones prácticas conlleva. Contexto normativo de las obligaciones que
afectan al software de facturación:

  1. Ley de medidas de prevención y lucha
    contra el fraude fiscal
    La Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de
    prevención y lucha contra el fraude fiscal (Ley
    de Prevención del Fraude) introdujo una nueva
    obligación tributaria formal para evitar la
    producción y tenencia de programas y sistemas
    informáticos que posibiliten la manipulación de
    los datos contables y de gestión.
    La nueva obligación tributaria afecta tanto a
    productores como a comercializadores y
    usuarios, exigiendo que los sistemas
    informáticos o electrónicos que soporten
    procesos contables, de facturación o de gestión
    empresarial cumplan con requisitos que
    garanticen la integridad, conservación,
    trazabilidad e inviolabilidad de los registros.
  2. Desarrollo reglamentario de la Ley
    Tras la Ley de Prevención del Fraude, mediante
    el Real Decreto 1077/2023, de 5 de diciembre,
    se desarrollaron los requisitos y
    especificaciones técnicas que deben cumplir
    estos sistemas y programas de facturación,
    incluyendo la estandarización de formatos para
    asegurar la integridad, conservación,
    accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e
    inalterabilidad de los registros.
    Esta regulación de los sistemas y programas
    informáticos de facturación afecta a dos grupos
    de operadores:
  • Productores y comercializadores de
    sistemas y programa de facturación, en
    relación con los productos que
    fabriquen y vendan.
  • Usuarios de dichos sistemas y
    programas informáticos- que sean:
  • Contribuyentes del IS, a excepción
    de las entidades exentas y
    parcialmente exentas, salvo por las
    actividades sujetas y no exentas.
  • Contribuyentes del IRPF que desarrollen actividades económicas.
  • Contribuyentes del IRNR que obtengan rentas mediante establecimiento permanente.
  • Entidades en régimen de atribución
    de rentas que desarrollen
    actividades económicas.
    Excepción: Los contribuyentes que
    lleven sus libros registros del Impuesto
    sobre el Valor Añadido a través del
    sistema de suministro inmediato de
    información (SII), obligatorio para
    empresas con facturación anual
    superior a 6 millones de euros, grupos
    de IVA, empresas inscritas en el
    régimen de devolución mensual del
    IVA, y empresas que se hayan acogido
    voluntariamente al SII no se verán
    afectados por estas obligaciones.
    El desarrollo reglamentario no resultaba
    suficiente para poder implementar las
    obligaciones asociadas al software de
    facturación, ya que se requería de la
    aprobación de especificaciones técnicas
    detalladas, razón por la que el plazo para
    cumplir con las nuevas obligaciones se ha
    hecho depender de la publicación de una
    futura Orden ministerial que incluyese estos
    detalles técnicos.

    3 Aprobadas las especificaciones técnicas para el software de facturación (Orden HAC/1177/2024)
    Factura verificable en la sede electrónica de la
    AEAT o “VERIFACTU” El Reglamento también ha incorporado entre las obligaciones de facturación, la inclusión en las facturas de un código “QR” en vez de la representación gráfica del contenido total o parcial de la misma, así como los términos en que se debe incluir la frase “Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT” o “VERIFACTU”.

Requisitos técnicos que recoge ahora la
Orden Ministerial:


La Orden Ministerial que se acaba de publicar
detalla los aspectos técnicos, funcionales y de
contenido que recoge el Reglamento respecto
de los sistemas de facturación, si bien señala
que dada la complejidad que plantea la
multiplicidad de sistemas informáticos de
facturación que se ofrecen en el mercado y la
rápida evolución del desarrollo tecnológico
aplicado a la gestión empresarial, puede
resultar necesaria una adaptación posterior.
En este sentido se faculta a la Agencia Estatal
de Administración Tributaria (AEAT) para
publicar los detalles técnicos necesarios en su
sede electrónica, con el fin de completar estas
especificaciones y garantizar su implementación.


Entrada en vigor:


La Orden HAC/1177/2024 ha entrado en vigor el 29 de
octubre de 2024, debiendo diferenciar los siguientes
plazos según se trate de obligaciones que deben
cumplir los contribuyentes o usuarios, o bien
obligaciones a cumplir por fabricantes y
comercializadores.
* Los contribuyentes que utilicen sistemas
informáticos de facturación deberán tenerlos
adaptados a estas características y requisitos
antes del 1 de julio de 2025, fecha de la entrada
en vigor de la nueva obligación.
* Los fabricantes y comercializadores tienen,
desde el 29 de octubre de 2024 (fecha de
entrada en vigor de la Orden) nueve meses para ofrecer en el mercado sistemas informáticos que cumplan estas
especificaciones. No obstante, los sistemas informáticos
incluidos en los contratos de mantenimiento de
carácter plurianual contratados antes de este
último plazo deberán estar adaptados al
contenido de las especificaciones con
anterioridad al 1 de julio de 2025.


Esta descoordinación de fechas hace previsible que se
posponga la entrada en vigor de la nueva obligación.


Otros proyectos normativos sobre la
digitalización de la facturación:


Como regulación independiente pero relacionada con
la que aquí nos ocupa, procede recordar que la Ley
18/2022, de 28 de diciembre, de creación y crecimiento
de empresas, conocida como “Ley Crea y Crece” ha
impuesto la obligación de emitir, remitir y recibir
facturas en formato electrónico para operaciones
entre empresarios y profesionales (B2B)


No obstante, la entrada en vigor de esta obligación de
facturación electrónica requiere de un desarrollo
reglamentario que no está aprobado a esta fecha
(hasta el momento se ha conocido el borrador de la
norma). Debemos indicar también que a nivel comunitario, la
Propuesta de Directiva europea que modifica la
Directiva 2006/112/CE del IVA en el marco del IVA en
la era digital (conocido por sus siglas en inglés como
Proyecto VIDA “VAT in the Digital Age”) prevé
introducir, a más largo plazo, nuevas obligaciones de
facturación y de suministro inmediato de información
especialmente para las operaciones intracomunitarias.

Información obtenida del blog de Velneo: https://www.velneo.com/blog/software-de-facturacion-verifactu-requisitos-de-las-facturas – Alores + KPMG https://assets.kpmg.com/content/dam/kpmgsites/es/pdf/2024/11/tax-alert-aprobadas-especificaciones-tecnicas-facturacion.pdf.coredownload.inline.pdf

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Al hacer clic en el botón Aceptar, aceptas el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Gestionar uso de Cookies    Más información
Privacidad
Abrir chat
Escanea el código
Winmotor
Hola 👋
¿En qué podemos ayudarte?
Verificado por MonsterInsights